Se aprueba una disposición transitoria en la Ordenanza Fiscal nº 10
22/06/2020.- La Junta de Gobierno Local ha aprobado hoy, en sesión extraordinaria y urgente, la introducción de una disposición transitoria en la modificación de la Ordenanza fiscal nº 10 reguladora de la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento de la vía pública. Posteriormente ha sido aprobada por la Comisión del Pleno de Economía, Hacienda, Recursos Humanos, Calidad, Comercio, Gestión de la Vía Pública y Fomento de la Actividad Empresarial y remitida al Pleno Municipal para su aprobación definitiva.
Esta disposición supone que la reducción en un 50% de la tasa para los quioscos dedicados a la venta de caramelos y frutos secos y los que se centran en la venta de prensa con o sin caramelos, fotografía automática y otras actividades se producirá desde el 1 de enero de 2020.
La reducción de la tasa fue aprobada por la Junta de Gobierno Local el pasado 13 de marzo con objeto de que los quioscos se reconviertan en empresas rentables promocionando su uso. El objetivo de esta modificación es, fundamentalmente, amortiguar en la medida de lo posible y ayudar al titular del quiosco a que su capacidad económica no se encuentre tan afectada por la bajada de las ventas (tal como se constata en varios estudios del sector); favorecer la reactivación del empleo; e incentivar y ayudar a la reconversión y modernización del sector.
De este modo, las tarifas del primer tipo de quioscos pasan a ser de 37,05 a 106,68 dependiendo de su superficie y de la categoría de la calle en la que encuentran ubicados; y de 48,17 a 118,43 euros en el segundo de los casos.
La tramitación del procedimiento de modificación de la Ordenanza requería la apertura de un plazo de enmiendas, antes de su aprobación definitiva por el Pleno, que quedó paralizada por la suspensión de los plazos administrativos decretada por el Estado de Alarma. Tras reabrirse el plazo se tomó en consideración la introducción de esta disposición transitoria.
La nueva disposición transitoria cobra más sentido tras el contexto de la crisis sanitaria, ya que aunque el Decreto de Estado de Alarma calificaba a este sector como de apertura obligada, los titulares de estos negocios no pudieron abrir por la dificultad de mantener las medidas higiénico sanitarias establecidas por el gobierno y a la restricción de la libertad de circulación de personas.




